POR MARTÍN TURRADO VIDAL, CRONISTA OFICIAL DE VALDETORRES DEL JARAMA (MADRID)
Como es normal en estos períodos convulsos, se suele producir un vacío de poder, que, en este caso, fue llenado, a veces, por fuerzas armadas ambulantes sin subordinación a nadie. Sin embargo, no fue suprimido el Cuerpo de Vigilancia[1]. La situación de Madrid se volvió tan caótica, que la Junta Provisional se vio precisada a tomar medidas relacionadas con el orden público muy pocos días después de su establecimiento, que había tenido lugar el 29 de septiembre de 1868.
El dos de octubre tomó un importantísimo acuerdo en este sentido. En la explicación de motivos se reconocían explícitamente estos hechos:
“La Junta Provisional revolucionaria y de gobierno, al mismo tiempo que pone toda su atención e incesante solicitud en el armamento de la fuerza ciudadana, consagra también sus esfuerzos a restablecer cuanto antes el movimiento ordinario de los intereses y relaciones normales del vecindario de Madrid, con el propósito de que los ciudadanos puedan entregarse cómoda y pacíficamente a las ocupaciones precisas del comercio, de la industria y del tráfico”.
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