ORDENANZAS MUNICIPALES • LAS DE 1569 AFECTABAN A LOS OFICIOS DE CALEROS, HERREROS, HERRADORES O ZAPATEROS
Oct 16 2013

POR SANTOS BENÍTEZ FLORIANO, CRONISTA OFICIAL DE CÁCERES

ordenanzas

En el siglo XVI en la Villa de Cáceres se recogen las viejas ordenanzas gremiales, intentando actualizar su contenido y dando otras a los oficios nuevos.

Recordemos que en los fueros romanceados medievales dados al Concejo Cacereño, estudiados por D. Pedro Lumbreras, se dan reglamentaciones a caleros, herreros, herradores, zapateros, carpinteros, molineros, horneros, pelliteros, batanadores, olleros, etc., oficios incipientes en el Cáceres medieval.

Estas de 1569 son una serie de ordenanzas, aprobadas por el Concejo Cacereño, que afectaban a los oficios señalados anteriormente.

Del estudio de las mismas se pueden extraer las conclusiones siguientes:

a) A través de ellas, el Concejo Cacereño fijaba los precios de las labores artesanales en la villa. Por ej., en la ordenanza de los batanadores se les fija que sólo podrán cobrar cuatro maravedís por vara de paño batanado.

b) En ellas se aprecia el intento de controlar rigurosamente las materias primas escasas en la Villa. En la ordenanza de los caleros se señala que no se vendiera cal a ninguna persona forastera sin que ésta hubiera traído antes a la Villa otra carga semejante de mercadería para proveimiento de ella.

c) Se ordenaba el modo y la realización del trabajo artesanal. Por ej., en la ordenanza de los zapateros se decía que no hicieran los zapatos de piezas de dos mitades.

d) En las ordenanzas se señalan también las medidas oficiales que debían de tener todos los artesanos.

e) Y se prescribían cuantiosas multas a los infractores de estas ordenanzas. Por ej., en la ordenanza de los herradores se fijaba una pena de doscientos maravedís a todos los herradores que cobraran más de ocho maravedís por cada herradura echada con sus clavos.

Ordenanzas con un valor positivo y negativo a la vez; ya que por ej., con la fijación de los precios estables, se le garantizaba al comprador que no sería defraudado, pero no existía una competencia de precios que hubiera podido beneficiar a ese comprador y que hubiera podido estimular a los artesanos a lograr una mayor calidad en sus productos.

Fuente: http://www.elperiodicoextremadura.com/

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